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El retraso injustificado de la justicia es una forma de castigo

¿La justicia tardía sigue siendo justicia?

Opinión: MSc. Carlos Eduardo Ávila Aguilera 

Para quienes esperan justicia, el tiempo no es un simple trámite: cada segundo es angustia, desgaste emocional, incertidumbre y sufrimiento. Cada audiencia que se suspende, cada expediente que duerme en la inacción burocrática es una herida en el corazón que no se cierra. 

Sobre los hombros de las víctimas no solo pesa el dolor y el daño sufrido, sino también la percepción de abandono social e institucional. Cada año que pasa sin respuesta convierte el reclamo legal en un clamor profundamente humano: “No aceptamos que la justicia dependa del tiempo y no del derecho”.

Las historias judiciales no son únicamente un repertorio de expedientes acumulados en escritorios ni funcionarios que argumentan estar saturados. Detrás de cada archivo con demora hay víctimas que sufren y familias que deben reorganizar sus vidas en torno a una espera que parece no tener final. 

El retraso judicial no es imparcial: favorece al agresor que utiliza recursos e influencias para dilatar la aplicación de la justicia, mientras castiga al más débil, que observa cómo el tiempo destruye o extravía pruebas, debilita testimonios y enfría el apoyo de quienes al inicio lucharon con firmeza por una justicia plena.

Por esta razón, el debate no debe reducirse a una simple cuestión de capacidad institucional, ya que el derecho a una justicia pronta e imparcial no es un ideal inalcanzable, sino una garantía fundamental del Estado de Derecho. Cuando un sistema judicial permite que los procesos se prolonguen interminablemente, no solo afecta a las víctimas, sino que también erosiona la credibilidad en la impartición de justicia y siembra dudas razonables en la ciudadanía. En este contexto, la demora deja de ser una falla atribuible al exceso de trabajo y se convierte en una violación de derechos y garantías. 

En este sentido, la jurisprudencia internacional es clara: el acceso a la justicia incluye el derecho legítimo a una resolución dentro de plazos razonables, conforme al debido proceso. No basta con que exista un tribunal; es indispensable que funcione con diligencia e imparcialidad. Cuando un proceso se prolonga sin justificación, el Estado incurre en responsabilidad grave y las víctimas enfrentan una revictimización que vulnera nuevamente su integridad. La justicia tardía no solo retrasa la reparación, también la debilita, la encarece y, en muchos casos, la vuelve irrelevante con el paso del tiempo.

Evidentemente, la justicia no se mide solo por sus sentencias, sino también por el tiempo que se tarda en dictarlas. Un sistema judicial que no resuelve oportunamente sus procesos no solo incurre en error funcional, sino que traiciona su razón de ser. La mora judicial prolongada nunca es neutral: favorece al poderoso que influye y desgasta, y quebranta al más vulnerable. Si un Estado no garantiza una justicia oportuna, difícilmente puede llamarse Estado de Derecho. Porque cuando la justicia se retrasa sin causa legítima, deja de ser justicia y se transforma en impunidad, en complicidad disfrazada de proceso.

“La justicia demorada es justicia denegada”. William Ewart Gladstone, estadista y pensador político.

Por: Carlos Eduardo Ávila Aguilera

Correo: [email protected] Periodista, catedrático y analista social,

Categoría: Artículo de opinión, Choluteca, Honduras 25 de febrero de 2026. Director del periódico digital CorreodelSur.hn  

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