
Esta normativa surge como respuesta estructural a la crítica situación financiera e institucional que históricamente ha arrastrado el subsector eléctrico nacional.
Uno de los puntos más relevantes e inmediatos para la población hondureña se estipula en su Artículo 1, el cual establece una prohibición transitoria de incremento a la tarifa de energía eléctrica. Según lo dispuesto, la tarifa aplicada por la ENEE al cobro del último recibo generado al usuario no podrá ser incrementada por un período de seis (6) meses a partir de la vigencia del decreto.
Asimismo, la normativa contempla que este plazo de congelamiento tarifario temporal podrá ser prorrogable por seis meses más, decisión que quedará en manos del Poder Legislativo dependiendo de la evolución del proceso de estabilización. Esta medida busca proteger temporalmente el bolsillo de los consumidores frente a las presiones inflacionarias y las dificultades económicas generales.
De acuerdo con los considerandos del decreto, la ley busca atacar de raíz los elevados niveles de pérdidas técnicas y no técnicas en distribución que superan los estándares internacionales, los cuales han representado una carga pesada para las finanzas públicas. Para ello, el marco legal introduce reglas modernas orientadas a reorganizar las actividades de generación, transmisión y distribución.
El documento oficial también enfatiza la necesidad de lograr una clara separación de funciones e independencia institucional dentro del subsector eléctrico. Con esto se pretende promover una mayor competencia, atraer inversión privada y fomentar las mejores prácticas internacionales que garanticen la eficiencia y transparencia operativa de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE).
Finalmente, el decreto detalla en su Artículo 2 la reforma a un conjunto de artículos clave del Decreto No.404-2013 emitido en enero de 2014, adaptando el marco jurídico a la normativa regional y permitiendo una coexistencia más ordenada entre el Mercado Eléctrico Nacional y el Mercado Eléctrico Regional en beneficio directo de la población.


