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Publicado en La Gaceta decreto que establece pago de servicios en Lempiras

Las reformas a la Ley de Protección al Consumidor que establece que el cobro de servicios será en Lempiras, no en dólares fueron publicadas en el diario oficial La Gaceta número 36,663.

Tampoco no se cobrará por reconexión, además, el usuario moroso no podrá ser reportado a la Central de Riesgo de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS)

Este cambio, inicialmente aprobado por el Congreso Nacional el 7 de agosto, tiene como objetivo proteger a los consumidores y estabilizar la economía del país.

El decreto establece medidas específicas para asegurar una mayor equidad en el sector de las telecomunicaciones.

Entre las claves de esta reforma se incluye la prohibición de realizar contratos de servicio por más de seis meses, lo que brinda a los consumidores la flexibilidad de cambiar de proveedor si el servicio no cumple con sus expectativas, sin enfrentar penalizaciones más allá del uso proporcional.

Además, las empresas no podrán reportar a los usuarios en mora a la Central de Riesgo, y deberán ofrecer compensaciones proporcionales por interrupciones o deficiencias en el servicio.

Estas medidas buscan no solo proteger los derechos del consumidor, sino también fomentar una competencia justa y transparente entre los proveedores de servicios.

La legislación ha sido bien recibida por varios sectores, incluyendo al diputado del Partido Salvador de Honduras, Carlos Umaña, quien expresó su gratitud hacia la presidenta Castro por la promulgación de la ley, destacando su impacto positivo en la protección de los consumidores hondureños.

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