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Congreso discute decreto que eliminará la concentración de poder de la presidencia de la CSJ

El Congreso Nacional discutió en primer debate el decreto que quita la concentración de funciones administrativas a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia y revive la figura del Consejo de la Judicatura.

La iniciativa reforma el artículo 3 del Decreto Legislativo 282-2010, con el propósito de que los quince magistrados propietarios ejerzan colegiadamente las facultades administrativas del Poder Judicial, mientras se define un modelo definitivo mediante nueva normativa o eventual reforma constitucional.

El dictamen, firmado por mayoría de la comisión designada por el presidente del Congreso, José Tomás Zambrano Molina, sostiene que la medida no altera la estructura esencial del Poder Judicial ni implica cambios constitucionales, sino que corrige una “disfunción normativa” derivada de la aplicación indefinida de una disposición transitoria.

Argumentos del dictamen

La concentración de facultades en la Presidencia de la CSJ vulnera el principio de colegialidad y debilita los controles internos.

El artículo 3 del Decreto 282-2010, concebido como provisional, se convirtió en un régimen permanente tras la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley del Consejo de la Judicatura (Decreto 219-2011).

La reforma reasigna funciones administrativas al Pleno de Magistrados, órgano constitucionalmente existente, sin crear nuevas estructuras.

Se garantiza necesidad, idoneidad y proporcionalidad, limitándose al ámbito administrativo sin interferir en la función jurisdiccional.

Facultades que asumiría el Pleno de Magistrados

Nombrar, ascender, trasladar y permutar jueces, magistrados, defensores públicos y personal administrativo, aprobar mecanismos disciplinarios con debido proceso, tomar decisiones con mayoría simple (la mitad más uno de los magistrados).

La reforma responde a denuncias sobre supuestos excesos de la Presidencia del Poder Judicial en nombramientos y retrasos en procesos administrativos.

De ser aprobado en los dos debates restantes, el decreto entrará en vigencia tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, restableciendo la colegialidad en la administración judicial mientras se define el futuro del Consejo de la Judicatura.

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