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La Unidad de Política Limpia anuncia sanciones por campañas electorales prematuras

El comisionado presidente de la Unidad de Política Limpia, Emilio Hércules, anunció que se contemplarían sanciones a  los precandidatos y partidos políticos que realicen actividades de campañas políticas prematuras o fuera del periodo autorizado por la ley, en vísperas de las elecciones primarias de marzo de 2025.

Según el funcionario, los movimientos en formación han estado realizando diversas actividades con el fin de fortalecer sus estructuras y preparar planillas y candidaturas, lo cual está permitido bajo el artículo 245 de la Ley Electoral.

Este artículo, según Hércules, permite realizar actividades de organización interna y fortalecimiento de movimientos, siempre y cuando no se trate de propaganda electoral.

“Lo que está prohibido,” explicó Hércules, “son las campañas que van direccionadas a la promoción de spots publicitarios, en radio y televisión, o cualquier tipo de propaganda electoral.”

Al respecto, explicó que esto está regulado por el artículo 222 de la Ley Electoral, el cual establece que la propaganda electoral solo está permitida dentro de los 50 días previos a las elecciones primarias, periodo que iniciará el 18 de enero de 2025.

Acciones a quienes incumplan la ley

Entretanto, el consejero fue enfático en señalar las sanciones a las que se enfrentarán quienes violen estas disposiciones. “La sanción, según el artículo 222, asciende a 50 salarios mínimos”, precisó.

Además, la multa no solo aplicará al candidato que promueva la propaganda fuera del tiempo establecido, sino también a los medios de comunicación que se presten a difundir dicho contenido. Estas sanciones equivalen a aproximadamente medio millón de lempiras.

Por el momento, explicó Hércules, no se están aplicando sanciones, ya que las actividades actuales están amparadas en el artículo 245. No obstante, advirtió que las sanciones vendrán después del periodo de rendición de cuentas.

 

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